ACUERDO PARLAMENTARIO PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL EN LA CÁMARA DE SENADORES
ARTÍCULO 4. En términos del artículo 7 de la Ley, la Cámara deberá poner a disposición del público, a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica, la información del Senado que a continuación se detalla:
I. La estructura Orgánica del Senado de la República;
II. Las facultades de cada una de sus unidades legislativas, técnicas, administrativas y parlamentarias;
III. El directorio completo de los servidores públicos que prestan sus servicios en el Senado;
IV. El orden del día de las sesiones de la Cámara, en sus periodos ordinarios y extraordinarios;
VII. Iniciativas de ley, proyectos de decreto y puntos de acuerdo presentados para su discusión y dictamen;
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Iniciativas.
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Proyectos de Decreto.
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Puntos de Acuerdo.
VIII. El registro de asistencia de los legisladores a las sesiones, así como a las sesiones de trabajo de las comisiones a las que pertenezcan;
XIII. Los servicios que se ofrecen en la Biblioteca de la Cámara y el Archivo Histórico;
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Biblioteca "Melchor Ocampo".
XIV. Los trámites, requisitos y formatos para que la Biblioteca y el Archivo Histórico proporcionen el servicio;
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Biblioteca "Melchor Ocampo".
XVI. Los resultados de las auditorías del ejercicio presupuestal;
XVII. Las contrataciones que se hayan celebrado en términos de la legislación aplicable detallando por cada contrato:
XVIII. El marco normativo aplicable al Senado;
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Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
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Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
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Estatuto para los Servicios Parlamentarios, Administrativos y Técnicos del Senado de la República.
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Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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Programa de reorganización administrativa previsto en el numeral décimo tercero transitorio de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
XX. Los mecanismos de participación ciudadana que establezca el Senado;
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Módulo de Atención.
XXI. Los informes de los viajes oficiales que los legisladores realizan con recursos de la Cámara;
XXIV. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante;